En un comunicado del TSJ de Madrid que se publica hoy en la prensa, se anuncia el mantenimiento de la doctrina del Tribunal a favor del contribuyente, pese a los recientes esfuerzos de la Administración tributaria por convencer a las madres que han tributado por la prestación por maternidad para que no reclamaran la devolución del impuesto.
El TSJ de Madrid confirma la aplicación de la exención, que considera establecida con carácter general, como no puede ser de otro modo. La interpretación de Hacienda de ceñirla a las prestaciones que concedan las entidades autonómicas y locales es, en nuestra opinión, inconstitucional.